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20 de diciembre: se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y las celebraciones

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Este 20 de Diciembre, declarado como Día de Duelo Nacional, se invita a la reflexión y a rendir respetos como un reconocimiento al sacrificio de panameños que sufrieron las consecuencias de la invasión. Este hecho que enlutó al país en ese momento, sigue manteniendo muchas heridas sin sanar.

Este día, se ordena suspender la venta de bebidas alcohólicas y la realización de actividades bailables en el distrito de Panamá.

La medida quedó plasmada en el Decreto Alcaldicio N° 026, que ya fue promulgado en Gaceta Oficial. En este sentido; cantinas, bares, discotecas, bodegas, parrilladas, cevicheras, distribuidoras, tiendas y supermercados del distrito capital deberán suspender la venta de licores.

También se prohíbe el uso de cajas de música, sinfonías y otros instrumentos musicales, así como equipos de audio y la realización de actividades bailables, karaokes, conciertos amenizados por orquestas, conjuntos, unidades móviles y otros medios de difusión o reproducción de música.

Se ha exceptuado de este decreto alcaldicio a los locales ubicados dentro de los hoteles debidamente autorizados para operar como tales, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 9 de noviembre de 2011.

Las multas por incumplir este decreto van desde los 500 hasta 5,000 dólares.

Día feriado

La bandera nacional debe mantenerse a media asta en las entidades públicas y privadas. Esta declaratoria no conlleva el cierre obligatorio de las oficinas.

Las empresas que laboren en esta fecha, remunerarán a sus trabajadores como lo establece el artículo 48 del Código de Trabajo o la ley especial que les sea aplicable. Dicho Decreto tiene fundamento de derecho en el Artículo 200 de la Constitución Política, artículos 44 y 48 del Código de Trabajo.