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¿Están protegidos los consumidores panameños?

La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 15 de marzo como el Día Mundial de los Derechos del Consumidor esto con el fin de proteger a los consumidores, reivindicando, reconociendo y legitimando sus derechos a nivel internacional.

La celebración conmemora el discurso realizado por el presidente John F. Kennedy, el 15 de marzo de 1962 para reconocer al consumidor como el único grupo importante en la economía que no está organizado eficazmente, cuya opinión es a menudo ignorada: “Consumidores, por definición, somos todos. Son el grupo mayoritario de la economía, afectando y siendo afectados por la práctica totalidad de las decisiones económicas públicas y privadas. Dos tercios del gasto total en la economía provienen de los consumidores. Pero son el único grupo importante en la economía que no están organizados eficazmente, cuya opinión es a menudo ignorada”. 

Como objetivos de la celebración encontramos:

  • Ayudar a los países a lograr o mantener una protección adecuada de sus habitantes en calidad de consumidores;
  • Facilitar modalidades de producción y distribución que respondan a las necesidades y los deseos de los consumidores;
  • Alentar a quienes se ocupan de la producción de bienes y servicios y de su distribución a los consumidores a que adopten estrictas normas éticas de conducta
  • Ayudar a los países a poner freno a las prácticas comerciales abusivas de todas las empresas, a nivel nacional e internacional, que perjudiquen a los consumidores;
  • Facilitar la creación de grupos independientes de defensa del consumidor;
  • Promover el establecimiento de condiciones de mercado que den a los consumidores una mayor selección a precios más bajos;
  • Promover un consumo sostenible.

Consumidores en Panamá

Como uno de los principales lugares de comercio, el gobierno panameño desarrolló la Ley 45 del 31 de octubre de 2007, diseñada para garantizar la Protección al Consumidor en Panamá. Esta normativa prohíbe prácticas comerciales desleales y monopolísticas, regula las relaciones entre proveedores y consumidores, y detalla los derechos de los consumidores, así como las obligaciones que los proveedores deben cumplir.

El artículo 35 establece los derechos de los consumidores, los cuales incluyen el derecho a ser protegidos contra productos o servicios que representen un riesgo o peligro para su vida, salud o seguridad física. Los derechos adicionales que se describen son:

  • El derecho a recibir de los proveedores toda la información sobre las características del producto o servicio ofrecido
  • El derecho a tener acceso a una variedad de productos y servicios
  • El derecho a la protección de sus intereses económicos, mediante un trato justo, en cualquier relación de consumo

Los consumidores también tienen derecho a ser escuchados individual o colectivamente por las instituciones correspondientes, además se reconoce el derecho a recibir educación y orientación para estar debidamente informado. Este derecho a la educación y a la orientación contribuye a crear una relación equilibrada y transparente entre los consumidores.

Se crearon la Autoridad de Defensa del Consumidor y de la Competencia (ACODECO), el Ente Regulador de los Servicios Públicos, la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Seguros y la Superintendencia del Mercado de Valores, a las cuales se les otorgó autoridad en materia de protección al consumidor.

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