Comunidad

Denuncias por ruido lideran las estadísticas en Panamá

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Una de las quejas que con mayor frecuencia reciben las autoridades, es la referente a molestias en la comunidad causadas por ruido. Por lo general se trata de fuertes sonidos de construcciones que transgreden los horarios permitidos para trabajar, eventos deportivos, la activación de alarmas de seguridad, choferes de buses que hacen uso indiscriminado del claxon, fiestas privadas o locales con actividad que trasgrede los límites permitidos de decibeles.

Dónde denunciar

Los principales organismos reguladores de este tipo de casos son el Ministerio de Salud, las juntas comunales y las alcaldías; entes que dictaminan las normas y gestionan las denuncias recabadas por las autoridades policiales y líderes locales, quienes ejercen el rol fiscalizador. La Dirección de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá es la unidad encargada de velar por el cumplimiento de las regulaciones sobre ruido en los locales comerciales.

Varios establecimientos han sufrido las consecuencias de no cumplir con la normativa. Entre las sanciones, se les han retirado sus equipos de sonido (que mantenían en las terrazas de sus establecimientos). También se les ha impuesto sanciones monetarias y hasta retirado el aviso de operaciones.

Gracias a las quejas recibidas por parte de muchos afectados, la Alcaldía de Panamá ha actuado en varios casos basándose en el Acuerdo Municipal 141 del 23 de septiembre de 2014, que entre otras cosas, “…prohíbe el uso de equipos reproductores de audio, amplificadores de sonido, artefactos similares u otros medios o sistemas que excedan los niveles permitidos por la ley”…

Un problema de salud

El ruido es un agente perturbador e incluso, puede alterar la salud mental de quienes lo perciben de forma reiterada. Es por esto que el Ministerio de Salud es el principal responsable de su regulación y la Alcaldía de Panamá procura hacer cumplir la normativa referente al tema.

El artículo 7 del Decreto Ejecutivo N°306 del 4 de septiembre de 2002, establece que entre las 6:00 a.m. y 9:59 p.m., el ruido no debe exceder su intensidad más de 55 decibeles (en escala A) y que de 10:00 p.m. a 5:59 a.m. no debe pasar de 50 decibeles (en escala A). Estas disposiciones aplican para locales o residencias,  fábricas, industrias, talleres, almacenes, bares, restaurantes, discotecas, locales comerciales y cualquier otro espacio cuya actividad genere ruido. Estos establecimientos deben contar con sonógrafos o medidores aprobados por el Minsa.

Procedimiento para denunciar

Lo primero que deben hacer las personas afectadas es organizarse. Es importante recolectar firmas y llevar las pruebas a la alcaldía. Las autoridades municipales verifican y aplican sanciones según el caso. Si hay reincidencia, puede procederse al cierre definitivo del local (que puede ser apelado, y demorar hasta 18 meses).

La Alcaldía de Panamá también tiene la función de fiscalizar periódicamente y hacer mediciones del ruido producido por equipos de sonido en la ciudad, tal como lo dispone la ley 16 del 17 de junio de 2016 y el Acuerdo Municipal 141 de 23 de septiembre de 2014. Los funcionarios se acercan al lugar y hacen la medición de ruido con el sonógrafo.