costa del este

Policia Nacional sanciona a conductores mal estacionados

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Durante los últimos días, unidades de la Policía Nacional han llamado la atención y sancionado a conductores que han dejado sus vehículos mal estacionados o en zonas no aptas para tal fin.

Recordemos que: según el artículo 178 del Reglamento de Tránsito Vehicular de Panamá (Decreto Ejecutivo 640, 2006) ningún vehículo debe estacionar:

▪️A menos 5 mts de un hidrante.

▪️A menos de 10 mts de una señal de ALTO.

▪️A menos de 5 mts de una esquina.

▪️A menos de 9 mts de otro vehículo estacionado en el lado opuesto.

▪️Paralelo a otro vehículo estacionado.

▪️En curva.

▪️Frente a una construcción.

▪️En un puente, paso peatonal, túnel, bajo un paso elevado (vehiculares o peatonales) y en cruce de ferrocarriles.

▪️En parada de transporte público. de

▪️En carriles de circulación.

▪️Sobre aceras, zonas verdes o espacios para peatones, recreación o conservación.

▪️Frente a un callejón o vías de acceso.

▪️ En lugares que impida y límite las salidas o entradas con los radios y ángulos adecuados, en una bocacalle, en el área de una intersección.

▪️ En zonas de carga y descarga.

▪️ En sitios para personas con discapacidad, sin tener autorización.

▪️En lugares que impidan la visibilidad de las señales de tránsito y se perturbe la circulación vehicular.