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Hasta 15 años de cárcel para quien difunda pornografía infantil

Alpha Editorial16 marzo, 2016

En lo que va de 2016, en Panamá se han reportado 50 casos de pornografía infantil. De hecho, en 2015, este delito cerró con 983 reportes, según el Informe de Derechos Humanos de Panamá.

Con frecuencia, las personas utilizan redes sociales para distribuir fotos y videos de menores de edad en actividades de carácter sexual.

Katya Meléndez, fiscal primera de Circuito de la Procuraduría General de la Nación recordó que difundir por Twitter este tipo de material se considera delito.

De hecho, basta con retuitear (compartir el mensaje de un tercero) para que se considere delito, bien sea una foto o un video.

"Toda forma de envío de material de abuso de menores (pornografía infantil) constituye un delito. Quien fabrique, elabore, por cualquier medio o produzca material pornográfico o lo ofrezca, comercie, exhiba, publique, publicite, difunda o distribuya a través de internet o de cualquier medio masivo de comunicación o información nacional o internacional, presentando o representando virtualmente a una o varias personas menores de edad en actividades de carácter sexual, sean reales o simuladas, será sancionado con prisión de 5 a 10 años", explica la fiscal.

La pena será de  10 a 15 años de prisión si la víctima es una persona menor de 14 años, añade.

El Ministerio Público recuerda también en que, así no se distribuya, quien posea material pornográfico infantil voluntariamente adquirido será sancionado con pena de prisión de tres a cinco años.

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