Mediante Decreto Ejecutivo N° 29, el Gobierno Nacional transfirió el descanso obligatorio correspondiente al 1 de mayo, fecha en la que se celebra el Día del Trabajador en la República de Panamá, para el lunes 2 de mayo de 2016.
Con esto, se dispone el cierre de las oficinas públicas y privadas en todo el territorio nacional.
El Artículo 47 del Código de Trabajo establece que «Cuando un día de fiesta o duelo nacional, previamente fijado en la ley, coincida con un día domingo, el lunes siguiente se habilitará como día de descanso semanal obligatorio».
La persona a la que le corresponda trabajar un día de descanso laboral, será remunerada con un recargo del 50% sobre la jornada ordinaria de trabajo.