Texto y foto: Andreína Rodríguez González
Para Bella Vista, Ancón, San Francisco y Juan Díaz-Parque Lefevre (Costa del Este) los jueces de paz electos son: Lissette Sáez, Alberto De La Guardia, Marisol Carrera, Plácida Mosquera y Yanella Brosard, respectivamente
Desde el inicio de la colonia española en Panamá, la Justicia Administrativa de Policía había sido impartida por la figura del corregidor y jueces nocturnos. Esta historia cambia a partir de este martes 2 de enero de 2018 ya que entra en vigencia la Ley 16 “que instituye la Justicia Comunitaria de Paz”, dictando nuevas disposiciones sobre mediación de conflicto y conciliación comunitaria, sustituyendo así a la figura del corregidor.
El cargo se caracterizaba por ser “correctivo, represivo y sancionatorio”, según Cristina Díaz, jefa de Secretaría de Asuntos Municipales de la Procuraduría, fomentando un sistema “exclusivamente formalista, legalista y lento”.
En su informe difundido por el Ministerio Público, Díaz también criticó la “continua dilatación de los procesos” así como el haber fundamentado normas y sanciones en base a situaciones que “ya no se compadecían con la realidad”, expone.
¿Qué es un Juez de Paz?
Sirviendo como tercero imparcial, las funciones de un juez comunitario de paz es la de ofrecer a la comunidad el derecho a participar en la búsqueda de una solución equitativa a sus problemas, reduciendo así el índice de conflictividad.
Entre sus principios también se han establecido: el respeto a la diversidad cultural, derechos humanos, celeridad, sencillez e inteligibilidad, equidad, gratuidad, transparencia, oralidad e independencia.
Los jueces de paz tienen estabilidad en sus cargos, es decir no dependen de la alcaldía, como en el caso del corregidor, y su periodo es de 10 años renovables.
Atribuciones
Aunque ya no cuenta con las facultades de arresto que tenía el corregidor, el juez comunitario de paz sí asume penas por multas de hasta 1,000 dólares, lo que amplía el rango de atención de casos bajo un sistema de justicia gratuito.
Esto le permite abordar temas que van desde la violencia doméstica, hasta la toma medidas de servidumbre pública, campos en los que el corregidor no tenía potestad.
Asimismo, materias como la alteración del orden público, riñas, ruidos, mal enarbolado de la bandera o símbolos patrios, procesos de cobro de propiedad horizontal, pastizales, entre otros, pasan a ser ahora sus atribuciones.
Características y beneficios
- La Justicia Comunitaria de Paz atiende los conflictos comunitarios y vecinales.
- Promueve medios alternos de solución de conflictos: conciliación y mediación.
- Promueve el acceso a la justicia equitativamente.
- Toma en cuenta los valores sociales, culturales y morales de la comunidad.
- Es una justicia rápida, sencilla, directa y oral.
- Desahoga los despachos públicos
- Disminuye la población privada de libertad en la cárcel pública
- Promueve el trabajo comunitario, respetando la dignidad humana.
- Restaura las relaciones interpersonales y comunitarias.
- Promueve la convivencia pacífica dentro del corregimiento.
Mediador comunitario
Paralelamente, estas funciones vendrían siendo asumidas por un miembro de la comunidad o voluntario con idoneidad, quien se encargará de facilitar la comunicación entre las partes y sirviendo como colaborador del Juez de Paz.
Esta resolución se hará efectiva en principio para los corregimientos del Primer Distrito Judicial, conformado por las provincias de Panamá, Colón, Panamá Oeste y Darién, medida que se extenderá al resto del país progresivamente.
Requisitos
Más de 800 candidatos aspiraron al cargo de Juez de Paz Comunitaria, para el que la nueva Ley 16 exige:
- Ser abogado panameño mayor de 30 años.
- Haber realizado el curso de formación inicial.
- Preferiblemente, residir en el corregimiento a postularse.
- Poseer estudios en Métodos Alternos de Resolución de Conflictos o Mediación Comunitaria.
- Ser postulado por la comunidad u organización social del municipio.
- No haber sido condenado por casos de violencia doméstica ni delito doloso.