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Gobierno suspende desalojos y congela cánones de arrendamiento

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Durante, y hasta por dos meses luego de que se levante el estado de emergencia nacional provocado por la pandemia de Covid-19, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) suspendió los desalojos de bienes inmuebles de uso habitacional, comerciales e industriales.

La medida aplica también para los comercios

La medida entró en vigencia con la firma del Decreto Ejecutivo 145 del 1 de mayo de 2020 (acá la Gaceta Oficial); y establece además que los contratos de arrendamientos que terminan durante el periodo en que se encuentren suspendidas las medidas de lanzamiento y desalojo se extenderán, manteniendo las mismas condiciones contractuales. Hasta dos meses posteriores al levantamiento de la emergencia, se ordena el congelamiento de los cánones de arrendamiento, las cláusulas de incrementos y de penalización por terminación.

Arrendadores que suspendan el suministro de los servicios básicos serán sancionados.

El decreto consta de 12 artículos y favorece a los inquilinos de bienes inmuebles de uso habitacional, establecimientos comerciales, uso profesional, actividades industriales y docentes. Sin embargo, el artículo 6 establece: “Después de haber cesado los efectos de la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional, el arrendatario que de manera injustificada se niegue a pagar al arrendador los cánones dejados de pagar durante dicho período, será sancionado” de acuerdo a la Ley 93 de 1973, que rige los arrendamientos.

Debe privar el civismo

Tanto el arrendador como el arrendatario podrán dirimir por mutuo acuerdo, los conflictos originados sobre los cánones de arrendamiento dejados de pagar, los cuales durarán hasta dos años a partir de su registro ante la Dirección General de Arrendamientos del Miviot, y se mantendrán vigentes mientras el arrendatario no incumpla lo pactado.

Arrendadores que suspendan el suministro de los servicios básicos (agua, gas y electricidad), como medida de presión para lograr el desalojo del arrendatario,  serán penalizados de acuerdo a la Ley 93 de 1973; así como también serán penalizados los arrendatarios que económicamente no hayan sido afectados en sus ingresos por la crisis sanitaria y no cumplan los pagos.

“Ese Decreto Ejecutivo viene a aliviar la situación que vive el país y define las reglas para ayudar a la población», indicó la ministra Samudio

“Ese Decreto Ejecutivo viene a aliviar la situación que vive el país y define las reglas para ayudar a la población. Ahora la entidad conocerá de los casos y seremos vigilantes para que se cumpla esta norma”, indicó  Inés Samudio, Ministra de Vivienda y Ordenamiento Territorial.